• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES PALOMO DEL ARCO
  • Nº Recurso: 10438/2023
  • Fecha: 22/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delito de tentativa de homicidio y delito de lesiones con arma peligrosa. Desistimiento no voluntario. La atenuante de arrebato u obcecación del art. 21.3 del Código Penal. Los celos no constituyen justificación del arrebato u obcecación.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: CRISTINA DIAZ SASTRE
  • Nº Recurso: 247/2023
  • Fecha: 22/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El juzgado de lo Penal condena a los acusados como autores de un delito de robo con violencia y un delito de lesiones a la pena de cuatro años de prisión que sustituirá por expulsión del territorio nacional por cinco años una vez cumplidas las dos terceras partes de la pena. La defensa de los acusados interpone recurso de apelación alegando error de valoración de la prueba infracción de los artículos 242.1 y 242.3 en relación con el artículo 28 del código penal, impugnando la declaración de la sentencia relativa a la autoría por parte del acusado tanto respecto del delito de robo como respecto del delito de lesiones. Suplica la estimación del recurso y la libre absolución de los acusados. La audiencia Provincial desestima íntegramente el recurso de apelación y ratifica la valoración probatoria, y con base a las manifestaciones vertidas por la víctima que permiten afirmar que los acusados decidieron realizar conjuntamente los hechos, agrediendo y robando, por lo que el segundo de los acusados no fue ajeno a los hechos enjuiciados. Respecto de la infracción del artículo 242.4 del código penal, partiendo de la redacción de los hechos probados de la sentencia en la que se describe la violencia desplegada por los acusados, estando la víctima tumbada en un banco de la estación de autobuses, y las amenazas de muerte con el cuchillo y las lesiones, no puede concluirse que los hechos sean de menor entidad.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES MARTINEZ ARRIETA
  • Nº Recurso: 6594/2021
  • Fecha: 21/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: De acuerdo a una reiterada jurisprudencia de esta Sala esta circunstancia de agravación exige un aditamento que se concreta en la existencia de una situación de discriminación basada en supuestos de dominación por razón de género que se concreta en una base fáctica de la que resulte un comportamiento por parte de quien agrede con un plus de antijuridicidad en el que se pone de manifiesto una nueva y arraigada desigualdad por la que se perpetúa roles asignados tradicionalmente a los hombres y las mujeres, y que se conforma sobre situaciones de dominio y de superioridad de aquellos sobre las mujeres, comportando una situación de inferioridad de estas con relación a los hombres. La parte que no haya preparado el recurso podrá adherirse a él en el término del emplazamiento o al instruirse del formulado por la otra, alegando los motivos que le convengan expresión esta última que indica que ha de alegar aquellos motivos que le favorezcan a su postura procesal en defensa de sus propios intereses, que puede ser contrarios a los de la parte recurrente. Las graves consecuencias que pueden derivarse de la aplicación de la circunstancia de multirreincidencia hace obligado una interpretación muy rigurosa de los presupuestos de aplicación, y muy en particular del elemento objetivo las condenas previas, que permita identificar un fundamento material basado en la culpabilidad por el hecho y no por la conducta debida propia de un sistema penal de autor.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Soria
  • Ponente: MARIA JESUS SANCHEZ CANO
  • Nº Recurso: 21/2023
  • Fecha: 21/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurso contra sentencia absolutoria basada en error en la valoración de la prueba. Únicamente se puede declarar la nulidad del juicio en el caso de estimarse la existencia de una valoración arbitraria o ilógica, no dictar una sentencia condenatoria en segunda instancia, revocando un fallo absolutorio dictado en la primera, queda vetado por la doctrina jurisprudencial y la normativa vigente. Partiendo del relato fáctico de la sentencia apelada, no se da la concurrencia de los elementos que conforman el delito de amenazas en la conducta de los acusados, debe excluirse la responsabilidad criminal en supuestos ambiguos, donde las expresiones utilizadas pueden ser referidas a varias posibilidades. Las expresiones se profieren en un momento de discusión y acaloramiento, constituyen un hecho puntual, no puede afirmarse que contengan de un modo inequívoco el anuncio de un mal, no tiene un contenido intimidatorio, con la seriedad y credibilidad que hagan que la víctima deba temer con cierto fundamento que el mal anunciado pueda producirse y que existe seriedad y credibilidad en el mal anunciado.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA ISABEL MASSIGOGE GALBIS
  • Nº Recurso: 35/2023
  • Fecha: 21/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Absuelve a un acusado de los delitos de allanamiento de morada, amenazas continuadas e injurias continuadas, y de daños, por la concurrencia de la eximente completa de alteración psíquica, con imposición de las medidas de seguridad que fueron admitidas por conformidad de todas las partes. Procedimiento de Jurado. Conformidad de las partes manifestada y ratificada por el acusado ante el Magistrado Presidente con anterioridad a la constitución del Jurado popular. Aplicación supletoria de las normas previstas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal sobre el efecto de la conformidad en la fase intermedida del sumario ordinario. Formalizada la conformidad en los términos previstos en los artículos 787.2 y 655 de la LECrim., la constitución del Jurado no tiene justificación por falta de función, que es precisa y exclusivamente la de determinar si son probados o no los hechos objeto de acusación y si el acusado es o no culpable.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JOSE EMILIO PIRLA GOMEZ
  • Nº Recurso: 334/2023
  • Fecha: 21/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Tribunal dice que resulta aplicable lo que la doctrina penal dominante conoce como unidad natural de acción, que existe cuando los diversos actos parciales responden a una única resolución volitiva. La jurisprudencia recaída en relación a la progresión delictiva se pronuncia por la existencia de un tipo delictivo único pese a la diferencia de los comportamientos y con una finalidad "pro reo" dada la evidente falta de proporcionalidad punitiva, cuando los hechos como aquí ocurre se han producido sin solución de continuidad y el dolo criminal, la acción básica derivan de un todo único y de una conducta compacta y uniforme, de manera que el desvalor del primer hecho está absorbido por el más grave.
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA JESUS MANZANO MESEGUER
  • Nº Recurso: 388/2022
  • Fecha: 21/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia de la Audiencia Provincial que condena a dos acusados como autores materiales, cada uno de ellos, de un delito de homicidio en grado de tentativa. Apuñalamiento que cada uno de los acusados realiza sobre sus respectivas víctimas en el transcurso de una pelea desarrollada entre dos grupos rivales. Presunción de inocencia y prueba de cargo. Valor incriminatorio de la declaración de un coacusado y necesidad de que su contenido quede mínimamente corroborado. Delito de homicidio en grado de tentativa. Juicio de inferencia sobre el propósito homicida. Dolo directo y dolo eventual, que se aprecia cuando el sujeto activo es plenamente conocedor del riesgo que se genera con su acción y acepta el resultado que puede producirse. Atenuante de dilaciones procesales indebidas. Derecho a un juicio en plazos razonables. El transcurso del plazo de tres años para la tramitación de una causa por el procedimiento del sumario, seguido contra siete encausados, no puede considerarse que vulnere el derecho a un juicio en tiempo razonable.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Soria
  • Ponente: MARIA JESUS SANCHEZ CANO
  • Nº Recurso: 93/2023
  • Fecha: 21/11/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: El hecho de que las medidas cautelares penales, tanto las previstas en el art. 544 bis como en el 544 ter afecten a Derechos Fundamentales de la persona, y que por consiguiente, su adopción ha de realizarse con carácter restrictivo, no puede implicar la exigencia de una contundencia de prueba en cuanto a la comisión de los presuntos hechos delictivos, como tampoco del posible riesgo de reiteración, dada la situación incipiente del proceso en el que nos encontramos cuando se interesa su adopción. También han de valorarse una serie de circunstancias que afectan a la víctima como en este caso la especial vulnerabilidad, al encontrarnos ante una persona de nacionalidad extranjera, que no domina fluidamente el idioma español, y que no se encuentra plenamente integrada cultural y socialmente en la localidad donde reside, con una dependencia importante de su pareja, y por lo tanto, con un mayor riesgo de reiteración. Orden de protección de Violencia de Género.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: MARIA DE LOURDES DEL SOL RODRIGUEZ
  • Nº Recurso: 30/2021
  • Fecha: 20/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El tribunal condena por un delito de asesinato intentado y aprecia la circunstancia atenuante muy cualificada de confesión del hecho y la agravante de parentesco. Apuñalamiento sorpresivo de la mujer al marido cuando éste se hallaba tumbado en la cama dormido, con intención de matar, la cual se deduce, sin lugar a dudas, de una serie de datos probados en la casusa: el instrumento elegido, un cuchillo y el lugar del cuerpo donde se dirigen las puñaladas, etc. El TS ha admitido en ocasiones una modalidad especial de alevosía convivencial basada en la relación de confianza proveniente de la convivencia, generadora para la víctima de su total despreocupación respecto de un eventual ataque que pudiera tener su origen en acciones del acusado, cual ocurre en este supuesto. No se aprecia la legítima defensa pues no concurren los requisitos de esta eximente, por ejemplo, la agresión ilegítima. Tampoco se aprecia el miedo insuperable pues no está acreditado una situación de miedo proveniente del esposo. Se aprecia, en cambio, la atenuante de confesión del hecho como muy cualificada, ya que tras los hechos la acusada acudió a la guardia civil, que acudió al domicilio y pudo salvar la vida de la víctima avisando a los servicios sanitarios.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Castellón de la Plana/Castelló de la Plana
  • Ponente: CARLOS DOMINGUEZ DOMINGUEZ
  • Nº Recurso: 857/2023
  • Fecha: 20/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: CONTRA LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES: lesiones causadas por un derrumbe al desapuntalar una obra. REVISIÓN DE SENTENCIAS ABSOLUTORIAS: racionalidad de la respuesta y de la argumentación en la que se apoya. La motivación no incluye un pretendido derecho al acierto judicial. La posibilidad de anulación de las sentencias absolutorias queda limitada a los casos en los que la prueba es insuficiente, el razonamiento se aparta de las máximas de lógica o el razonamiento omite pruebas relevantes. La prueba siempre tiene que ser analizada, incluso cuando se considera insuficiente o se rechaza su contenido, para evitar situaciones de duda o arbitrariedad. CONTENIDO DEL DELITO: incumplimiento por la persona obligada del deber de facilitar los medios necesarios para la ejecución segura de la actividad. PRUEBA: el acusado no cumplió con sus deberes de cuidado, porque estaba en la obra y no dio instrucciones para garantizar la seguridad cuando se produjo la situación de peligro. Ni consta que diera información en relación con los riesgos para la seguridad y salud que existan tanto en la empresa en su conjunto como en cada puesto de trabajo o función.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.